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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0522 DE 2003
Tributario
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Impuesto a las ventas
Artículo
23
Título
Texto
ARTICULO 23. Certificación sobre IVA retenido y pagado.
Para efectos del inciso segundo del artículo 859 del Estatuto Tributario, en relación con el IVA retenido y pagado, el agente de retención expedirá el certificado de retención por el impuesto sobre las ventas dentro de los quince (15) días calendario siguientes al bimestre en que se practicó la retención y deberá contener los requisitos señalados en el artículo 7 del Decreto 380 de 1.996. Cuando se trate de autorretenedores o de retenciones asumidas por responsables del régimen común por operaciones realizadas con responsables del régimen simplificado, el certificado deberá contener además la constancia expresa sobre la fecha de la declaración y pago de las retenciones efectuadas.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 859
DECRETO 0380 DE 1996 ART. 6
DECRETO 4345 DE 2004 ART. 36
DECRETO 4583 DE 2006 ART. 33
DECRETO 4929 DE 2009 ART. 33
DECRETO 4836 DE 2010 ART. 33
DECRETO 2243 DE 2015 ART. 45
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IVA RETENIDO Y PAGADO - CERTIFICACION