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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 3026 DE 2013 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo18
Título
ARTÍCULO 18. REALIZACIÓN DE INGRESOS POR CONCEPTO DE DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES EN UTILIDADES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19 del presente decreto, relativo a las sucursales de sociedades extranjeras sometidas al régimen cambiario especial, para efectos de lo previsto en el literal b) del artículo 27 del Estatuto Tributario, el ingreso a título de dividendos o participaciones en utilidades al que se refiere el artículo 17 del presente Decreto se entiende realizado en el momento en que se efectúe la transferencia de utilidades al exterior a favor de las empresas vinculadas en el exterior.