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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1794 DE 2013
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto a las ventas
Artículo
16
Título
Texto
ARTÍCULO 16.
RESPONSABILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS DE LAS PERSONAS JURÍDICAS ORIGINADAS EN LA CONSTITUCIÓN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
.
Conforme con lo establecido en el artículo
186
de la Ley 1607 de 2012 en concordancia con lo previsto en el artículo
462-2
del Estatuto Tributario, son responsables del régimen común del impuesto sobre las ventas, las personas jurídicas originadas en la constitución de propiedad horizontal, que destinen algún o algunos de sus bienes o áreas comunes para la explotación comercial o industrial, generando algún tipo de renta, a través de la ejecución de cualquiera de los hechos generadores de IVA, entre los que se encuentra la prestación del servicio de parqueadero o estacionamiento en zonas comunes.
Las propiedades horizontales de uso residencial no son responsables del impuesto sobre las ventas por la prestación del servicio directo de parqueadero o estacionamiento en zonas comunes, con fundamento en lo dispuesto por el parágrafo 2o del artículo
186
de la Ley 1607 de 2012.
Concordancias Legales
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.3.1.4.6.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
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