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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1232 DE 2001
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
29
Título
Texto
Artículo 29º.
Modifícase el artículo 329 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:
Artículo 329º. Programas Especiales de Exportación.
Programa Especial de Exportación –PEX- es la operación mediante la cual un residente en el exterior compra materias primas, insumos, material de empaque o envases a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y exportar el bien manufacturado a partir de dichas materias primas o insumos, o utilizando el material de empaque o envases, según las instrucciones que reciba del comprador externo.
Parágrafo 1°.
Para tener derecho a la aprobación de un Programa Especial de Exportación, las personas residentes en Colombia de que trata este artículo deberán ser personas jurídicas y no podrán tener deudas exigibles con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, salvo que hayan celebrado acuerdo de pago.
Parágrafo 2°.
Para efectos de lo previsto en los artículos 329° a 334° del presente Decreto, los insumos, el material de empaque y los envases tendrán el mismo tratamiento contemplado para las materias primas.”
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 329
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 330
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 331
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 332
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 333
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 334
Documentos que Afecta
MODIFICO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 329
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PROGRAMA ESPECIAL DE EXPORTACION - ACUERDO
PROGRAMA ESPECIAL DE EXPORTACION - CONTROL