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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0326 DE 1995
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
5
Título
Texto
D.R. 326/95, Art. 5
.-
Cambio de método de valoración
. De acuerdo con el parágrafo del artículo 3 de la Ley 174 de 1994, el método de valoración de inventarios debe ser utilizado de manera uniforme durante todo el ejercicio gravable. Cuando un contribuyente decida cambiarlo, deberá hacerlo saber al Administrador de Impuestos y Aduanas Nacionales de su jurisdicción, mediante comunicación escrita, por lo menos con dos meses de antelación al inicio del ejercicio gravable a partir del cual se realizará el cambio. La comunicación debe incluir, además del nombre o razón social e identificación tributaria del contribuyente y el código de actividad económica, el método de valoración actual y el propuesto y las razones para efectuar el cambio.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 65
DECRETO 0326 DE 1995 ART. 2
DECRETO 0326 DE 1995 ART. 3
DECRETO 1333 DE 1996 ART. 4
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
METODOS DE VALORACION DE INVENTARIOS
SISTEMAS DE INVENTARIO