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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2500 DE 1986
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
3
Título
Texto
D.R. 2500/86 , Art. 3
Las entidades sometidas al control y vigilancia del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas y las organizaciones sindicales vigiladas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, no estarán obligadas a registrar los libros de contabilidad en las oficinas de la Administración de Impuestos, y se regirán por las disposiciones especiales que, en cuanto al registro de libros y exigencias contables, les sean aplicables.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 364
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.6.1.1.10.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ENTIDADES NO OBLIGADAS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD