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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 379 DE 2007
Tributario
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Impuesto a las ventas
Artículo
12
Título
Texto
ARTICULO 12. Vigencia y derogatorias.
El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Parágrafo 2 del artículo 6 del Decreto 4583 de 2006.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
DEROGO EL PARAGRAFO 2 DEL DECRETO 4583 DE 2006 ART. 6
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
VIGENCIA Y DEROGATORIAS