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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0667 DE 2007
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
3
Título
Texto
ARTICULO 3
. Para efectos del descuento de que trata el presente decreto son empresas exclusivamente agropecuarias, aquellas sociedades por acciones cuyo objeto social principal corresponde al desarrollo de actividades de producción de bienes agrícolas y/o pecuarios primarios convertibles en alimentos para consumo humano y animal e igualmente susceptibles de convertirse en insumos destinados al desarrollo de actividades agropecuarias, incluidas aquellas materias primas que se originan en la actividad productiva primaria y son sometidas a procesos agroindustriales para la generación de bienes con valor agregado. Por tanto, la inversión relativa al descuento tributario tiene como finalidad que los recursos provenientes de la colocación de acciones se destinen al desarrollo del objeto social mencionado.
Concordancias Legales
DECRETO 0667 DE 2007
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.24.8.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DESCUENTOS TRIBUTARIOS POR INVERSION EN ACCIONES DE SOCIEDADES AGROPECUARIAS