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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 831 DE 1999
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
3
Título
Texto
ARTICULO 3° . -
Servicios del Sistema Declaración y Pago Electrónico de la DIAN
Diligenciamiento y Presentación de declaraciones iniciales y de corrección:
Permite diligenciar y presentar ante la DIAN declaraciones oportunas de Renta y Complementarios, Bimestral del Impuesto sobre la Ventas y Mensual de Retenciones en la Fuente, con la información básica del contribuyente, y ayudas para el diligenciamiento de cada campo.
También se podrán diligenciar y presentar ante la DIAN declaraciones extemporáneas o declaraciones de corrección de que trata el artículo 588 del Estatuto Tributario.
Las declaraciones extemporáneas o declaraciones de corrección del impuesto de Renta y Complementarios por los años gravables 1996, 1997 y 1998; del impuesto sobre las Ventas y de Retención en la Fuente de los periodos de 1997 y 1998, podrán presentarse por el Sistema Declaración y Pago Electrónico, con la información básica del contribuyente y ayudas para el diligenciamiento.
Cuando se trate de declaraciones de corrección provocadas por requerimiento especial, liquidación oficial de revisión o liquidación de corrección aritmética, también podrán diligenciarse y presentarse a través del Sistema Declaración y Pago Electrónico, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones que para dichos eventos establece el Estatuto Tributario.
Las declaraciones de corrección que se rijan por el procedimiento del artículo 589 del Estatuto Tributario, no podrán ser diligenciadas ni presentadas a través del Sistema Declaración y Pago Electrónico.
Diligenciamiento e Impresión de Recibos de Pago:
Se podrán diligenciar e imprimir los recibos de pago de las declaraciones presentadas por el Sistema Declaración y Pago Electrónico de la DIAN, con ayudas para el diligenciamiento de cada campo. Los recibos asocian en forma automática el pago a la declaración presentada.
En el evento de realizar pagos parciales, se generan nuevos recibos asociados a la misma declaración hasta completar el pago total autoliquidado.
Diligenciamiento e Impresión de Recibos Especiales:
También permite diligenciar e imprimir recibos de pago para declaraciones que no se hayan presentado por el Sistema Declaración y Pago Electrónico de la DIAN y recibos de pago de cualquier acto oficial, con ayudas para el diligenciamiento de cada campo.
Números de control Manual y Automático:
Las declaraciones y recibos de pago impresos por el Sistema Declaración y Pago Electrónico siempre contendrán dos números de control: uno manual y otro automático, para poder verificar la validez de dichos documentos.
Clave secreta y Certificado de Firma Electrónica:
El sistema proveerá a cada contribuyente o representante legal, en el caso de personas jurídicas, una Clave Secreta de instalación que será la herramienta para generar su Certificado de Firma Electrónica, una vez entre al sistema. Dada su importancia, es deber del contribuyente o representante legal tomar las medidas de seguridad adecuadas para la utilización de esta clave y firma.
El contribuyente, cuando así lo requiera y a su costo, podrá solicitar claves secretas de instalación adicionales con la cuales podrá generar a su vez Certificados de Firma Electrónica adicionales. Sin embargo, el contribuyente deberá tener en cuenta que cada conjunto "Clave Secreta - Certificado de Firma Electrónica" funcionará para todos los efectos del sistema, como una firma distinta para este contribuyente, por lo que las declaraciones generadas y/o presentadas con una firma no podrán ser vistas ni manipuladas por las otras claves o firmas del mismo contribuyente.
Cada conjunto "Clave Secreta - Certificado de Firma Electrónica" podrá ser instalada, por una sola vez, en un único computador, sin embargo, varios conjuntos "Clave Secreta - Certificado de Firma Electrónica" podrán ser instalados en el mismo computador y, dentro de él, mantendrán la independencia ya explicada, manejando cada uno, únicamente sus propias declaraciones y pagos.
Otros servicios
: Calendario tributario de vencimientos por cada contribuyente, conexión con la página web de la DIAN para la consulta de toda la normatividad y noticias de la DIAN, diligenciamiento y presentación de actualizaciones del RUT, información sobre entidades bancarias autorizadas para recaudar, tasas de interés vigentes, reclamaciones, sugerencias y evaluaciones del sistema.
Validaciones locales:
Realiza validación local, tanto de datos básicos como de campos numéricos efectuando cálculo automático de las operaciones matemáticas asociadas, permitiéndole su revisión y modificación interactiva.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 588
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 589
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PRESENTACION ELECTRONICA DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS
CLAVES SECRETAS
FIRMA ELECTRONICA