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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1047 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
3
Título
Texto
ARTICULO 3.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales exigirá al declarante al momento del levante del bien, una certificación expedida por el Ministerio de Cultura, en la cual conste que el bien es importado con el fin de fortalecer, estimular e impulsar el intercambio, los procesos y proyectos culturales y que formara parte del patrimonio cultural previo cumplimiento de los requisitos legales exigidos para dicho fin, conforme a lo previsto en la Ley 397 de 1997.
Dicha certificación constituye documento soporte de la declaración de Importación para los fines previstos en la legislación aduanera.
A los bienes importados según lo dispuesto en el presente Decreto, se aplicará lo establecido en el numeral 4 de articulo 11 de la Ley 397 de 1997.
Concordancias Legales
LEY 0397 DE 1997 ART 11 NUM 4
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 121
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE IMPORTACION
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - COMPETENCIA