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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 9 DE 1983
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
25
Título
Texto
Artículo 25.
Cuando, mediante negociación directa y por motivos definidos previamente por la ley como de interés público o de utilidad social, se transfieran bienes inmuebles que sean activos fijos a entidades públicas, la utilidad obtenida será ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 037
DECRETO 37 DE 1984 ARTS. 1, 2
DECRETO 0037 DE 1984 ART. 1
DECRETO 0037 DE 1984 ART. 2
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DETERMIANCION DE LA PARTE QUE NO CONSTITUYE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL EN LA ENAJENACION DE ACCIONES
UTILIDAD EN VENTA DE INMUEBLES A ENTIDADES PUBLICAS