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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo1.6.1.17.1.
TítuloHechos consignados en las declaraciones tributarias.
CAPÍTULO 17
Régimen probatorio

Artículo 1.6.1.17.1. Hechos consignados en las declaraciones tributarias. Se consideran ciertos los hechos consignados en las declaraciones tributarias, en las adiciones a las mismas o en las respuestas a requerimientos administrativos, siempre y cuando que sobre tales hechos, las disposiciones legales no exijan una comprobación especial.

(Art. 22, Decreto 825 de 1978)