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Documento Jurídico de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0530 DE 2000
Tributario
Banco de Datos
Procedimiento Tributario
Mención Responsabilidad
Título Uniforme
AutorCOLOMBIA -
Datos BibliográficosAZ DECRETOS 2000 ARCHIVO DIVISION DE RELATORIA.OFICINA JURIDICA DIAN
Notas
DECRETO 530
24 de marzo de 2000

Por el cual se determina la tasa de interés moratorio para efectos tributarios
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 635 del Estatuto Tributario

DECRETA

ARTICULO 1. Tasa de Interés Moratorio para efectos tributarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 635 del Estatuto Tributario y con base en la certificación expedida por el Banco de la República, la tasa de interés moratorio para efectos tributarios que regirá entre el 1° de Abril del 2000 y el 30 de Junio del 2000, será del quince punto cincuenta y cinco por ciento (15.55%) anual, la cual se liquidará por cada mes o fracción de mes calendario de retardo en el pago de los impuestos, anticipos y retenciones administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Para efectos de lo dispuesto en el artículo 634 del Estatuto Tributario, la totalidad de los intereses de mora que se paguen durante este mismo periodo, se liquidarán a la tasa antes mencionada.

ARTICULO 2. Tasa de interés en Devoluciones.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario y con base en la certificación expedida por el Banco de la República, la tasa de interés que regirá en materia de Devoluciones, entre el 1° de Abril del 2000 y el 30 de Junio del 2000, será del quince punto cincuenta y cinco por ciento (15.55%) anual.

ARTICULO 3. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación.


PUBLÍQUESE Y CUMPLASE,
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 24 de marzo de 2000


ANDRES PASTRANA ARANGO
Presidente de La República

JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR
Ministro de Hacienda y Crédito Público


Documento creado el 08/17/2000