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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2321 DE 1995 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo12
TítuloARTICULO 12o.- Personas jurídicas - Formulario sociedades.

Por el año gravable de 1995 deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios las demás personas jurídicas, sociedades y asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial, los fondos de inversión de capital extranjero, diferentes a las calificadas como "Grandes Contribuyentes", en el Formulario DIAN 77.001.95 .

Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y para cancelar en dos cuotas iguales el valor a pagar por concepto de impuesto de renta y la contribución especial y el anticipo, se inician el 1o. de Abril de 1996 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación atendiendo al último dígíto del NIT del declarante, así:

Si el Declaración
último y Pago Pago
dígito es: 1a. cuota 2a. cuota

1ó 2 8 de Mayo de 1996 9 de Julio de 1996
3 ó 4 16 de Mayo de 1996 16 de Julio de 1996
5 ó 6 22 de Mayo de 1996 23 de Julio de 1996
7 ú 8 29 de Mayo de 1996 26 de Julio de 1996
9 ó 0 4 de Junio de 1996 6 de Agosto de 1996


Parágrafo : Las sociedades extranjeras o personas naturales no residentes en el país que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos y extranjeros, podrán presentar la declaración de renta y complementaremos por el año gravable de 1995 y cancelar en una sola cuota, el impuesto a cargo y la contribución especial en ella, determinados, hasta el 31 de Octubre de 1996, cualquiera sea el último dígito de su Número de Identificación Tributaria NIT.