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IMPORTACION EN CUMPLIMIENTO DE GARANTIA
TextoRESOLUCION 02193 DE 2006
(MARZO 13)
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 4240 de junio 2 de 2000
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y en especial las consagradas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 del 26 de junio de 1999,
RESUELVE:
ARTICULO 1°. Adiciónase al artículo 93° de la Resolución 4240 de 2000, el siguiente parágrafo:
PARAGRAFO: En casos debidamente justificados se podrá solicitar ante el Jefe de la División de Servicio al Comercio Exterior, o la dependencia que haga sus veces, prórroga para la exportación de la mercancía averiada, defectuosa, destruida o impropia, hasta por un término de tres meses, con una antelación no inferior a diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo inicial.
ARTICULO 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE,