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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2321 DE 1995
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
18
Título
Texto
PLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO
SOBRE LAS VENTAS
ARTICULO 18o.- Declaración del impuesto sobre las ventas. Régimen Común.
Para efectos de la presentación de la declaración del impuesto sobre las ventas, a que se refieren los artículos 600 y 601 del Estatuto Tributario, los responsables del régimen común calificados como Grandes Contribuyentes deberán utilizar el formulario DIAN 77.03O.95, declaración del impuesto sobre las ventas Grandes Contribuyentes.
Las demás entidades deberán utilizar el formulario DIAN 77.003.95 declaración del impuesto sobre las ventas otros.
Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar correspondiente a cada declaración, por cada uno de los bimestres del año 1996, vencerán en las fechas del mismo año que se indican a continuación, excepto la correspondiente al bimestre Noviembre - Diciembre de 1996, que vence en el año 1997.
Los vencimientos, de acuerdo al último dígito del NIT del responsable, serán los serán los siguientes:
Si el Bimestre Bimestre
último Enero-Febrero/96 Marzo-Abril/96
dígito es: hasta el día hasta el día
1 ó 2 19 de marzo de 1996 17 de mayo de 1996
3 ó 4 20 de marzo de 1996 22 de mayo de 1996
5 ó 6 22 de marzo de 1996 23 de mayo de 1996
7 u 8 27 de marzo de 1996 24 de mayo de 1996
9 ó 0 28 de marzo de 1996 28 de mayo de 1996
Si el Bimestre Bimestre
último Mayo-Junio/96 Julio-Agosto/96
dígito es: hasta el día hasta el día
1 ó 2 19 de julio de 1996 20 de septiembre de 1996
3 ó 4 23 de julio de 1996 24 de septiembre de 1996
5 ó 6 24 de julio de 1996 25 de septiembre de 1996
7 u 8 25 de julio de 1996 26 de septiembre de 1996
9 ó 0 26 de julio de 1996 27 de septiembre de 1996
Si el Bimestre Bimestre
último Septiembre-Octubre/96 Noviembre-Diciembre/96
dígito es: hasta el día hasta el día
1 ó 2 21 de noviembre de 1996 21 de enero de 1997
3 ó 4 22 de noviembre de 1996 22 de enero de 1997
5 ó 6 26 de noviembre de 1996 23 de enero de 1997
7 u 8 27 de noviembre de 1996 24 de enero de 1997
9 ó 0 28 de noviembre de 1996 28 de enero de 1997
Parágrafo.-
Para los responsables por la prestación de servicios financieros, los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar correspondiente a cada uno de los bimestres del año 1996, vencerán un mes después del plazo señalado para la presentación y pago de la declaración del respectivo período conforme a lo dispuesto en este artículo, previa solicitud que deberá ser aprobada por la Subdirección de Recaudación de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concordancias Legales
DECRETO 2300 DE 1996 ART. 16
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
PRESENTACION DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS - PLAZOS