En firme el acto administrativo que decreta el incumplimiento y ordenada la efectividad de la garantía de pleno derecho, ésta se hará efectiva por el monto adeudado, debiendo reintegrase el remanente a a empresa transportadora a quien se haya hecho efectiva la garantía." (Artículo adicionado por la Resolución 00904 de febrero 9 de 2004, artículo 11).
Concordancias Legales DECRETO 2685 DE 1999 ART. 504 DECRETO 2685 DE 1999 ART. 505 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores GARANTIAS - EFECTIVIDAD