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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1092 DE 1996
Cambiario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Cambios
Artículo
4
Título
Texto
CAPITULO III
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CAMBIARIO
ARTICULO 4o. Prescripción de la acción sancionatoria. La imposición de sanciones cambiarias requiere la formulación previa de un pliego de cargos a los presuntos infractores, el cual deberá notificarse dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha en que ocurrieron los hechos constirutivos de la infracción.
En las infracciones continuadas el anterior término se contará a partir de la ocurrencia del último hecho constitutivo de la infracción. Dentro del año siguiente al vencimiento del término de respuesta al pliego de cargos, deberá expedirse y notificarse la resolución sancionatoria, previa la práctica de la pruebas a que hubiere lugar.
Lla prescripción podrá decretarse de oficio o a solicitud del investigado.
Concordancias Legales
DECRETO 1746 DE 1991
ART.
6
ORDEN ADMINISTRATIVA 00004 DE 2000 ART. ITEM 7
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SANCIONES CAMBIARIAS - PRESCRIPCION
CADUCIDAD DE LA ACCION CAMBIARIA
ACTO DE FORMULACION DE CARGOS - NOTIFICACION
INFRACCION CAMBIARIA CONTINUADA
RESOLUCION FINAL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CAMBIARIO - NOTIFICACIONES