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LEY 1819 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo146.
TítuloTratamiento especial para algunos contribuyentes.
ARTÍCULO 146. Modifíquese el artículo 356 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:

Artículo 356. Tratamiento especial para algunos contribuyentes. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 19 que sean calificados en el Registro Único Tributario como pertenecientes a Régimen Tributario Especial, están sometidos al impuesto de renta y complementarios sobre el beneficio neto o excedente a la tarifa única del veinte por ciento (20%).