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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2623 DE 2014 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo10
Título
ARTÍCULO 10. ENTIDADES NO CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS QUE NO DEBEN PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA NI DE INGRESOS Y PATRIMONIO. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 598 del Estatuto Tributario, no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y no deben presentar Declaración de Renta y Complementarios, ni Declaración de Ingresos y Patrimonio, por el año gravable 2014 las siguientes entidades:

a) La Nación, los departamentos, los municipios, el Distrito Capital de Bogotá, el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena, el Distrito Turístico de Santa Marta, los Territorios Indígenas y las demás entidades territoriales;

b) Las juntas de acción comunal y defensa civil, los sindicatos, las asociaciones de padres de familia y las juntas de copropietarios administradoras de edificios organizados en propiedad horizontal o de copropietarios de conjuntos residenciales;

c) Las asociaciones de hogares comunitarios y hogares infantiles del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o Autorizados por este y las asociaciones de adultos mayores Autorizados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Las entidades señaladas en los literales anteriores, están obligadas a presentar declaraciones de retención en la fuente e Impuesto sobre las Ventas, cuando sea del caso.

PARÁGRAFO. No están obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios ni de ingresos y patrimonio, los Fondos de Inversión de Capital Extranjero.