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Documento Jurídico de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0710 DE 2001
Tributario
Banco de Datos
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Mención ResponsabilidadCOLOMBIA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Título Uniforme
AutorCOLOMBIA - COLOMBIA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Datos BibliográficosAZ CONCEPTOS 20001 ARCHIVO DIVISION DE RELATORIA.OFICINA JURIDICA DIAN
Notas
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO


DECRETO No. 0710
(24 de Abril de 2001)

Por el cual se reglamenta el artículo 119 del Estatuto Tributario
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES CONFORME AL DECRETO 697 DE ABRIL 17 DE 2001
en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA

Artículo 1°. Monto a deducir por intereses sobre préstamos de vivienda. Para efectos de la deducción por intereses sobre préstamos de vivienda a que se refiere el artículo 119 del Estatuto Tributario, el valor máximo a deducir por este concepto, para el año gravable 2000, es la suma de $18.100.000, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos.

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C. a los, 24 Abril de 2001.

ROMULO GOMEZ TRUJILLO
Ministro Delegatario de las Funciones Presidenciales


JUAN MANUEL SANTOS
Ministro de Hacienda y Crédito Público

Documento creado el 12/20/2001