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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
351-1
Título
Texto
Artículo 351-1. Salida de la carga por puerto o muelle habilitado, diferente.
El transportador o la persona que tenga derecho sobre la mercancía sobre la cual se autorizó una operación de trasbordo directo o indirecto, podrá solicitar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a través de los servicios informáticos electrónicos, la salida de la mercancía del territorio aduanero nacional, por un puerto o muelle diferente al que ingresó ubicado en la misma jurisdicción aduanera, cuando por razones logísticas no pueda ser embarcada por el mismo puerto o muelle, siempre y cuando se encuentre ubicado en la misma jurisdicción aduanera.
(Modificado este artículo por la Resolución 7941 de 2008 y rige a partir del 1º de octubre de 2008)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 356-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR LA RESOLUCION 01613 DE 2006 ART. 3
MODIFICADO POR LA RESOLUCION 07941 DE 2008 ART. 101
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SALIDA DE LA CARGA POR MUELLE HABILITADO DIFERENTE