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Documento Jurídico de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0150 DE 1996
Tributario
Banco de Datos
Impuesto sobre la renta y complementarios
Mención ResponsabilidadMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Título Uniforme
AutorCOLOMBIA - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Datos BibliográficosAZ DECRETOS 1996. ARCHIVO DE RELATORIA. OFICINA NACIONAL DE NORMATIVA Y DOCTRINA. DIAN
Notas
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

DECRETO NUMERO 0150

19 DE ENERO DE 1996

Por el cual se incluye un municipio en una Zona de Frontera y se determina una Unidad de Desarrollo Fronterizo en dicha Zona
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 5 de la Ley 191 de 1995,
DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Para los efectos de la Ley 191 de 1995, se considera como parte de la Zona de Fronteras del Departamento del Cesar el municipio de Aguachica.


ARTICULO SEGUNDO.- El municipio de Aguachica, además de los municipios del Departamento del Cesar contemplados en el numeral cuarto del artículo segundo del Decreto 1814 de 1995, será considerado como Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo y, en consecuencia, gozará de los beneficios consagrados para estas Unidades en Ley 191 de 1995.


ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de su publicación y modifica los artículos primero y segundo del Decreto 1814 de 1995.


Documento creado el 12/24/1997