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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 519 DE 2001
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
2
Título
Texto
ARTICULO 2.
Tasa de interés en Devoluciones
. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario y con base en la certificación expedida por el Banco de la República, la tasa de interés que regirá en materia de Devoluciones, entre el 1° de Abril de 2001 y el 30 de Junio de 2001, será del veinte punto cero uno por ciento (20.01%) anual.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 863
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 864
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TASA DE INTERESES PARA DEVOLUCIONES