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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 3805 DE 2003
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
15
Título
Texto
ARTICULO 15. Entidades del Sector Cooperativo.
Las Entidades del sector cooperativo del régimen tributario especial, deberán presentar y pagar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios por el año gravable 2003 así como la sobretasa y anticipo a que se refiere el artículo 260-11 del Estatuto Tributario, dentro de los plazos señalados en el artículo 14
del presente decreto, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Las entidades cooperativas de integración del régimen tributario especial, podrán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios por el año gravable 2003, hasta el 17 de mayo del año 2004.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0260-11
DECRETO 3805 DE 2003 ART. 14
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PRESENTACION DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS - PLAZOS
ENTIDADES COOPERATIVAS