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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0953 DE 2003
Tributario
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Impuesto a las ventas
Artículo
4
Título
Texto
ARTICULO 4 Cumplimiento del monto de las exportaciones
. Para efectos de acreditar anualmente el cumplimiento del monto establecido en el literal b) del articulo 36 del Decreto 2685 de 1999, los beneficiarios deberán presentar un certificado expedido por Contador Público o Revisor Fiscal, en el que conste que durante el año inmediatamente anterior, las operaciones de exportación realizadas directamente o por intermedio de una sociedad de comercialización internacional, se cumplieron en el porcentaje señalado en la norma citada y que los bienes importados permanecen dentro del patrimonio del importador por el término de vida útil, el cual no podrá ser inferior al establecido en el artículo 2° del Decreto 3019 de 1989.
La certificación se deberá entregar ante la Subdirección de Comercio Exterior de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento de cada año, contado a partir de la ejecutoria del acto administrativo de inscripción.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 36
DECRETO 3019 DE 1989 ART 2
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.3.1.14.14.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IMPORTACIONES QUE NO CAUSAN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS