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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto sobre la renta para la equidad - CREE e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, y complementario de Normalización Tributaria
Artículo
1.5.1.6.3.
Título
Término para efectuar la devolución.
Texto
Artículo 1.5.1.6.3.
Término para efectuar la devolución.
El término para efectuar las devoluciones de que tratan los artículos 1.5.1.2.1, 1.5.1.1.2, 1.5.1.3.1, 1.2.1.18.15, 1.5.1.6.1 al 1.5.1.6.7 del presente Decreto será el consagrado en el artículo 855 del Estatuto Tributario, contado a partir de la radicación de la solicitud de devolución, presentada oportunamente y en debida forma.
(Art. 9, Decreto 2701 de 2013. Las expresiones “o compensación” y “815” tienen decaimiento por la evolución normativa (Art. 26-1 a la Ley 1607 de 2012 adicionado por el art. 20 de la Ley 1739 de 2014))
Concordancias Legales
DECRETO 2701 DE 2013 ART. 9
LEY 1607 DE 2012 ART. 26
LEY 1739 DE 2014 ART. 20
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Término para Efectuar la Devolución de Saldos a Favor