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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
330
Título
Texto
ART. 330.-Requisitos para ser inscritos como beneficiarios de los Programas Especiales de Exportación, PEX.
Las personas jurídicas que pretendan inscribirse ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como beneficiarios de los programas especiales de exportación, PEX, deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 76 del presente Decreto, con excepción de los establecidos en los literales d), e) y g).
PAR.-Quienes se encuentren inscritos como Usuarios Aduaneros Permanentes, UAP, o Usuarios Altamente Exportadores, Altex, solamente requerirán manifestar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales que desean acogerse a los Programas Especiales de Exportación, PEX
(Modificado por el Decreto 3137 de 2003 art. 4)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 76
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 332
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 334
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 517
DECRETO 1232 DE 2001 ART. 29
DECRETO 1232 DE 2001 ART. 30
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR DECRETO 3731 DE 2003 ART. 4
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACION PEX - PRORROGA