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Documento Jurídico de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0221 DE 2000
Tributario
Banco de Datos
Procedimiento Tributario
Mención ResponsabilidadCOLOMBIA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Título Uniforme
AutorCOLOMBIA - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Datos BibliográficosAZ DECRETOS 2000 ARCHIVO DIVISION DE RELATORIA. OFICINA JURIDICA DIAN
NotasMODIFICO EL PARAGRAFO 3o DEL ARTICULO 21 DEL DECRETO 2588 DE 1999
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL 43.897 DEL 17 DE FEBRERO DE 2000
DECRETO No. 0221
(15 de febrero de 2000)

Por el cual se modifica el Decreto 2588 de 1999 que fijó los plazos para la presentación y pago de
las declaraciones tributarias

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas en el numeral
11 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en los artículos
579, 579-2, 800 y 801 del Estatuto Tributario.
DECRETA


ARTICULO 1. El parágrafo 3º del artículo 21 del Decreto 2588 de 1999 quedará así:Parágrafo 3º . Cuando el agente retenedor tenga más de cien (100) sucursales o agencias quepractiquen Retención en la Fuente, los plazos para presentar la declaración y cancelar el valor apagar correspondiente a cada uno de los meses del año 2000, vencerán un mes después del plazo señalado para la presentación y pago de la declaración del respectivo período conforme con lo dispuesto en este artículo, previa solicitud que deberá ser aprobada por la Subdirección de Recaudación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

ARTICULO 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C. a 15 de febrero de 2000

ANDRES PASTRANA ARANGO
Presidente de la República


JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR
Ministro de Hacienda y Crédito Público


Documento creado el 07/28/2000