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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
166
Título
Texto
ARTICULO 166. DEDUCCIÓN POR FACTOR ESPECIAL DE AGOTAMIENTO EN EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS
.
<Fuente original compilada: L. 10/61 Art.
24
Inc. 1o.> Además de la deducción anual por agotamiento normal, reconócese un factor especial de agotamiento aplicable año por año a las siguientes explotaciones:
a. Las iniciadas después del 1. de enero de 1955 y existentes al 28 de octubre de 1974;
b. Las que se inicien a partir del 28 de octubre de 1974 y correspondan a zonas cuyo subsuelo petrolífero haya sido reconocido como de propiedad privada; y
c. Las correspondientes a contratos de concesión o asociación, vigentes a octubre 28 de 1974. Dicho factor especial será equivalente al quince por ciento (15%) del valor bruto del producto natural extraído, determinado conforme a lo dispuesto en el artículo
164
y hasta el monto total de las inversiones efectuadas en estas explotaciones.
<Fuente original compilada: L. 10/61 Art.
24
Inc. 3o.> Para las explotaciones situadas al Este y Sureste de la cima de la Cordillera Oriental, el factor especial de agotamiento de que trata este artículo será del dieciocho por ciento (18%) del valor bruto del producto natural extraído, determinado en la forma indicada en el artículo
164
y hasta el monto total de las inversiones efectuadas en estas explotaciones.
<Fuente original compilada: L. 10/61 Art.
24
Inc. 4o.> La deducción normal del diez por ciento (10%) y la especial del dieciocho por ciento (18%) que se concede en el inciso anterior, no podrá exceder en conjunto del cincuenta por ciento (50%) de la renta líquida fiscal del contribuyente, computada antes de hacer la deducción por agotamiento.
<Fuente original compilada: L. 10/61 Art.
24
Inc. 5o.> Es entendido que los límites del cuarenta y cinco por ciento (45%) y del cincuenta por ciento (50%) no se aplican cuando el sistema de agotamiento adoptado por el contribuyente sea el de estimación técnica de costos o de unidades de operación.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 161
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 162
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 163
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 164
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 165
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DEDUCCION POR AGOTAMIENTO EN LA EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS