<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1739 DE 2014 Document Link Icon
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Gravamen a los Movimientos Financieros
Artículo48
Título
ARTÍCULO 48. Modifíquese el numeral 21 del artículo 879 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:

“21. La disposición de recursos para la realización de operaciones de factoring –compra o descuento de cartera– realizadas por fondos de inversión colectiva, patrimonios autónomos o por sociedades o por entidades cuyo objeto principal sea la realización de este tipo de operaciones.

Para efectos de esta exención, las sociedades podrán marcar como exentas del gravamen a los movimientos financieros hasta tres (3) cuentas corrientes o de ahorro o, cuentas de patrimonios autónomos, en todo el sistema financiero, destinadas única y exclusivamente a estas operaciones y cuyo objeto sea el recaudo, desembolso y pago de las mismas. En caso de tratarse de fondos de inversión colectiva o fideicomisos de inversión, el administrador deberá marcar una cuenta por cada fondo de inversión colectiva o fideicomiso que administre, destinado a este tipo de operaciones.

El giro de los recursos se deberá realizar solamente al beneficiario de la operación de factoring o descuento de cartera, mediante abono a cuenta de ahorro o corriente o mediante la expedición de cheques a los que se les incluya la restricción: “Para consignar en la cuenta de ahorro o corriente del primer beneficiario”. En el evento de levantarse dicha restricción, se causará el gravamen a los movimientos financieros en cabeza de la persona que enajena sus facturas o cartera al fondo de inversión colectiva o patrimonio autónomo o el cliente de la sociedad o de la entidad. El representante legal de la entidad administradora o de la sociedad o de la entidad, deberá manifestar bajo la gravedad del juramento que las cuentas de ahorros, corrientes o los patrimonios autónomos a marcar, según sea el caso, serán destinados única y exclusivamente a estas operaciones en las condiciones establecidas en este numeral”.