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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 753 DE 2014 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo5
Título
ARTÍCULO 5o. USUARIO OPERADOR. La persona jurídica que sea postulada como usuario operador por parte de quien aspire ser usuario industrial de la Zona Franca Permanente Especial deberá ser diferente y sin vinculación económica y societaria con este, en los términos señalados en los artículos 450 y 452 del Estatuto Tributario y 260 a 264 del Código de Comercio y, además, cumplirá con los requisitos establecidos en el artículo 393-15 del Decreto 2685 de 1999 y sus modificaciones, adiciones o normas que lo sustituyan.