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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 405 DE 2001
Tributario
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Gravamen a los movimientos financieros
Artículo
16
Título
Texto
Artículo 16. Identificación de cuentas corrientes a cargo de FOGACOOP
. Con el fin de hacer efectiva la exención al Gravamen a los Movimientos Financieros consagrada en el numeral 8 del artículo 879 del Estatuto Tributario, en desarrollo de las operaciones de reporto realizadas por parte del Fondo de Garantías Instituciones Cooperativas -FOGACOOP- con entidades inscritas ante esta entidad, deberá abrir en un establecimiento de crédito una cuenta corriente o de ahorros de uso exclusivo, para girar los recursos relacionados con tales operaciones, advirtiendo al establecimiento de crédito respectivo que los pagos efectuados con cargo a la misma corresponden a una operación exenta.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 879
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.4.2.2.8.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS - EXENCIONES