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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo509
Título
Sección II
Zonas Primarias Aduaneras

Articulo 509º. Garantía de los Depósitos Privados Transitorios. Para efectos de lo previsto en el literal c) artículo 71 del Decreto 2685 de 1999, la garantía se otorgará por el término de la habilitación del depósito transitorio y tres meses más.