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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0433 DE 1999
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
29
Título
Texto
ARTICULO 29º. Oportunidad para solicitar NIT de los patrimonios autónomos
. Para efectos de lo dispuesto en el numeral 5º del artículo 102 del Estatuto Tributario y con el fin de cumplir las obligaciones formales de los fideicomisos que administren, las sociedades fiduciarias deberán solicitar a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de publicación del presente Decreto, el correspondiente NIT.
Hasta tanto sea presentada oportunamente la solicitud a que se refiere el inciso anterior, serán válidas las declaraciones presentadas de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 82 de la Ley
488 de 1998.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 102 NUM. 5
LEY 0488 DE 1998 ART. 82
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 555-1
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 102
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE