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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
132
Título
Texto
Artículo 132º. Declaración de Importación.
El usuario que haya recibido la mercancía en los términos señalados en el artículo 129 de esta Resolución, deberá presentar Declaración de Importación bajo la modalidad que corresponda.
La Declaración de Importación se regirá por lo establecido en las normas pertinentes respecto de su presentación y aceptación, pago de tributos aduaneros a que hubiere lugar y determinación de inspección y/o levante.
Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos siguientes.
(Modificado por el Artículo 42 de la Resolución 7002 de 2001)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 129
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 135-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
RESOLUCION 7002 DE 2001 ART. 42.
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE IMPORTACION - DILIGENCIAMIENTO
DECLARACION DE IMPORTACION - PRESENTACION