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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2557 DE 2007
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
34
Título
Texto
ARTÍCULO 34. Término de almacenamiento.
El término de almacenamiento previsto en el artículo 10 del presente decreto, se aplicará a las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional a partir del mes siguiente a la fecha de su publica.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 115
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PERMANENCIA DE LA MERCANCIA EN DEPOSITO
ALMACENAMIENTO
ALMACENAMIENTO - TÉRMINO