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Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.4.2.41.
Título
Expedición de constancias de enajenación en el fraccionamiento de títulos con rendimientos vencidos.
Texto
Artículo 1.2.4.2.41.
Expedición de constancias de enajenación en el fraccionamiento de títulos con rendimientos vencidos.
Las sociedades administradoras de depósitos centralizados de valores o el Banco de la República en administración del Depósito Central de Valores, que fraccionen títulos que cuenten con la respectiva constancia de enajenación o la equivalente anotación en el registro electrónico de los mismos, deberán anotar en el registro electrónico de cada nuevo título el correspondiente precio de enajenación en valores absolutos y en proporción a los rendimientos financieros correspondientes a los nuevos títulos, con base en la información consignada en la constancia perteneciente al título original. Igualmente anotarán la totalidad de la información exigida para las constancias de enajenación de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto.
La anotación que al respecto se haga al realizar el registro electrónico de cada nuevo título, suplirá la expedición de la constancia de enajenación, siempre y cuando, en las constancias de depósito y los certificados expedidos por las sociedades administradoras también se consigne de manera completa la misma información.
Cuando haya lugar a la materialización de los nuevos títulos, las sociedades administradoras de los depósitos centralizados de valores o el Banco de la República en administración del Depósito Central de Valores, expedirán para cada uno de los títulos, la constancia de enajenación.
En el evento de realizarse un fraccionamiento de títulos sin desmaterialización, corresponderá a la persona que realice el fraccionamiento, expedir para cada nuevo título, la constancia de enajenación.
(Art. 36, Decreto 700 de 1997)
(El Decreto 700 de 1997 rige a partir del 1° de abril de 1997 y deroga los Decretos 1960 y 2360 de 1996, y las demás disposiciones que le sean contrarias. Art. 45, Decreto 700 de 1997)
Concordancias Legales
DECRETO 0700 DE 1997 ART. 45
DECRETO 0700 DE 1997
DECRETO 2360 DE 1996
DECRETO 1960 DE 1996
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Rendimientos Financieros - Conceptos