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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 300 DE 2001
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
4
Título
Texto
ARTICULO 4°. Tasa de Interés Moratorio Segundo Trimestre año 2001.
Para efectos tributarios, la tasa de interés moratorio será equivalente a la tasa de interés -DTF- efectivo anual, certificada por el Banco de la República, aumentada dicha tasa en un cincuenta por ciento (50%). El Gobierno publicará para el segundo trimestre del año 2001, la tasa de interés moratorio que regirá durante el mismo, con base en la tasa de interés - DTF - promedio vigente efectivo anual para el segundo mes del trimestre inmediatamente anterior.
Concordancias Legales
LEY 633 DE 2000 ART. 100
DECRETO 519 DE 2001 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TASA DE INTERES MORATORIO