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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1819 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
205.
Título
Régimen simplificado del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares.
Texto
ARTÍCULO 205.
Modifíquese el artículo
512-13
del Estatuto Tributario el cual quedará así:
Artículo
512-13
.
Régimen simplificado del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares
.
Al régimen simplificado del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares a que hace referencia el numeral 3 del artículo
512-1
de este Estatuto, pertenecen las personas naturales que cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:
a) Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales, provenientes de la actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT;
b) Que tengan máximo un establecimiento de comercio, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
MODIFICO ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 512-13
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
REGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE RESTAURANTES Y BARES