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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
6
Título
Texto
Artículo 6º. Medidas y procedimientos de contingencia.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dispondrá de los procedimientos y desarrollos informáticos y de comunicaciones que garanticen la prestación continua e ininterrumpida del servicio aduanero y de los mecanismos de control previstos en éste Decreto, a través de los procesos automatizados establecidos en el mismo.
Cuando se presenten fallas en el funcionamiento de los servicios informáticos electrónicos, podrá aceptarse la realización de trámites, actuaciones y procesos aduaneros mediante la utilización de medios documentales, físicos o magnéticos, según lo disponga la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sin perjuicio de la obligación de incluir tales actuaciones a través de los servicios informáticos electrónicos, una vez se restablezca el servicio, cuando así se determine.
(Modificado este inciso por el Decreto 2101 de 2008)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 442
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 77
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 312-1
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 356-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO EL INCISO 2 POR EL DECRETO 2101 DE 2008 ART. 3
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SISTEMA INFORMATICO DE LA ADUANA
SISTEMA INFORMATICO ADUANERO
MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTINGENCIA