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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
230
Título
Texto
Artículo 230º. Retiro de la mercancía.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 130º de este Decreto, una vez presentada y aceptada una Declaración de Legalización con el cumplimiento de las formalidades previstas en ésta Sección, la autoridad aduanera autorizará el mismo día de presentación y aceptación de la Declaración, el levante de la mercancía, previo el pago de los tributos aduaneros y sanciones a que haya lugar. Esta actuación de la Aduana conllevará la cesación automática de los procedimientos administrativos que se encuentren en curso.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 229
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 130
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 152
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 437
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
LEVANTE DE MERCANCIA - AUTORIZACION