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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 300 DE 2001
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
6
Título
Texto
ARTICULO 6°.
De conformidad con lo establecido por el artículo 794 del Estatuto Tributario, modificado por el inciso 1 del parágrafo 2 del artículo 51 de la Ley 633 de 2000, la responsabilidad solidaria de los socios por los impuestos de la sociedad, aplica en todos los casos para los socios, copartícipes, asociados, cooperados, comuneros y consorciados, quienes responderán solidariamente por los impuestos, actualización e intereses de la persona jurídica o ente colectivo sin personería jurídica de la cual sean miembros, socios, copartícipes, asociados, cooperados, comuneros y consorciados, a prorrata de sus aportes en las mismas y del tiempo durante el cual los hubieren poseído en el respectivo período gravable.
La solidaridad de que trata este artículo no se aplicará a las sociedades anónimas o asimiladas a anónimas.
Concordancias Legales
LEY 633 DE 2000 ART. 51
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 794
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS SOCIOS POR LOS IMPUESTOS DE LA SOCIEDAD