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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
037
Título
Texto
ARTICULO 37. UTILIDAD EN VENTA DE INMUEBLES
.
<Modificado por el artículo
1
de la Ley 863 de 2003 en cuanto establece que a partir del año 2004 los ingresos establecidos en este artículo quedan gravados en el ciento por ciento (100%) con el impuesto sobre la renta, ver Notas de Vigencia. Artículo modificado por el artículo
171
de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando,
mediante negociación directa
y por motivos definidos previamente por la Ley como de interés público o de utilidad social, o con el propósito de proteger el ecosistema a juicio del Ministerio del Medio Ambiente, se transfieran bienes inmuebles que sean activos fijos a entidades públicas y/o mixtas en las cuales tenga mayor participación el Estado, la utilidad obtenida será ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional. Igual tratamiento se aplicará cuando los inmuebles que sean activos fijos se transfieran a entidades sin ánimo de lucro, que se encuentren obligadas por Ley a construir vivienda social.
Concordancias Legales
DECRETO 0037 DE 1984 ART. 1
DECRETO 0037 DE 1984 ART. 2
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 89
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 090
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0299.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0300.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 786.
DECRETO 0531 DE 2000 ART. 1
LEY 160 DE 1994 ART. 37 PAR. 1
LEY 388 DE 1997 ART. 67 PAR. 2
LEY 788 DE 2002 ART. 12
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 35-1
LEY 1819 DE 2016 ART. 376.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR LEY 223 DE 1995 ART. 171
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
UTILIDAD EN VENTA DE INMUEBLES A ENTIDADES PUBLICAS
DETERMIANCION DE LA PARTE QUE NO CONSTITUYE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL EN LA ENAJENACION DE ACCIONES