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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
11
Título
Texto
ARTICULO 11. BIENES DESTINADOS A FINES ESPECIALES
.
<Fuente original compilada: D. 2053/74 Art.
3
o. Inc. 3o.> Los bienes destinados a fines especiales, en virtud de donaciones o asignaciones modales, están sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios de acuerdo con el régimen impositivo de las personas naturales, excepto cuando los donatarios o asignatarios los usufructúen personalmente. En este último caso, los bienes y las rentas o ganancias ocasionales respectivas se gravan en cabeza de quienes los hayan recibido como donación o asignación.
<Inciso 2o. adicionado por el artículo
38
de la Ley 488 de 1998. El nuevo texto es el siguiente:> Los gastos de financiación ordinaria, extraordinarios o moratorios distintos de los intereses corrientes o moratorios pagados por impuestos, tasas o contribuciones fiscales o parafiscales, serán deducibles de la renta si tienen relación de causalidad con la actividad productora de renta, y distintos de la contribución establecida en los Decretos Legislativos de la Emergencia Económica de 1998.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 5
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0299.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO INCISO POR LEY 488 DE 1998 ART. 38
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
BIENES DESTINADOS PARA FINES ESPECIALES