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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 07373 DE 2007
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
6
Título
Texto
Artículo 6º.
Cuando no se presente declaración anticipada en los términos del artículo 1º de la presente resolución y siempre que la mercancía arribe por los lugares habilitados y se cumplan los requisitos legales establecidos, se podrá presentar declaración de legalización de conformidad con lo previsto en el artículo 231 del Decreto 2685 de 1999, pagando el rescate correspondiente, o se podrá reembarcar mercancía.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 231
RESOLUCION 07373 DE 2007 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RESCATE DE MERCANCIA
DECLARACION ANTICIPADA