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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1000 DE 1997 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo5
Título
ARTICULO 5.- Requisitos especiales en el Impuesto sobre la Renta.

Cuando se trate de un saldo a favor originado en una declaración de renta, deberá adjuntarse además, una relación de las retenciones en la fuente que originaron el saldo a favor, indicando: Nombre o razón social, NIT y dirección de cada agente retenedor, así como el valor base de retención, el valor retenido y concepto, certificada por revisor fiscal o contador público, cuando a ello hubiere lugar.

Los autorretenedores deberán indicar en esta relación, además de lo establecido en el inciso anterior, el lugar donde se consignaron la totalidad de los valores autorretenidos.