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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0890 DE 1997 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo10
Título
ARTICULO 10o. Fusión de empresas beneficiarias.

Las nuevas empresas beneficiarias de las exenciones, establecidas en los municipios afectados por la catástrofe, podrán ser objeto de fusión con otras empresas que sean beneficiarios de las exenciones, y no perderán por este hecho los beneficios establecidos en la Ley 218 de 1995. El período improductivo de la empresa fusionada se contará a partir de la fecha de constitución de la más antigua de las empresas.