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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
239
Título
Texto
Artículo 239º. Inspección en Zona Secundaria Aduanera.
En los casos previstos en el inciso primero del artículo 275 del Decreto 2685 de 1999, el declarante y/o exportador, deberá presentar solicitud de autorización de embarque para que la inspección se realice en lugar diferente a la zona primaria aduanera, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, expresando las razones en que se justifique dicha solicitud, el lugar donde se realizará e indicando si se trata de una autorización para una operación específica o si corresponde a una autorización para varias operaciones de exportación dentro de un período de tiempo determinado.
Los Usuarios Altamente Exportadores tendrán la prerrogativa de inspección en Zona Secundaria, de acuerdo a lo previsto en el artículo 275 del Decreto 2685 de 1999, sin necesidad de autorización previa por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el efecto, deberán indicar en cada solicitud de autorización de embarque que presenten, el lugar donde se ubicarán las mercancías en el evento en que se determine la práctica de la inspección aduanera.
(Modificado este artículo por la Resolución 7941 de 2008)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 275
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 228
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 312-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO INCISO SEGUNDO POR RESOLUCION 7002 DE 2001 ART. 68
MODIFICADO POR RESOLUCION 8657 DE 2003 ART. 4
MODIFICADO POR LA RESOLUCION 07941 DE 2008 ART. 45
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ZONA SECUNDARIA ADUANERA
INSPECCION ADUANERA