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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 111 DE 2010
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
5
Título
Texto
ARTÍCULO 5. Modificase el artículo 129 del Decreto 2685 de 1999 el cual quedará así:
"Artículo 129. Procedencia del levante con posterioridad a la formulación de Requerimiento Especial Aduanero.
Cuando formulado el Requerimiento Especial Aduanero en que se propone una Liquidación Oficial, de corrección o de revisión de valor, el declarante corrige la declaración, cancela las sanciones y los mayores valores propuestos dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación o responde el Requerimiento corrigiendo y pagando lo que reconoce deber y otorgando garantía por la suma en discusión, procederá el levante.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
MODIFICO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 129
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
REQUERIMIENTO ESPECIAL ADUANERO